¿Por qué siento injusta la sentencia si soy yo quien hace todo por mi hijo?
Hay sentencias que, aunque estén escritas en lenguaje jurídico y parezcan “correctas” desde afuera, dejan a una madre o a un padre con una sensación muy profunda de injusticia.
Y esa sensación suele aparecer con una pregunta muy concreta:
“¿Cómo puede ser justo si yo soy quien está todos los días, quien organiza todo, quien acompaña, quien se ocupa del colegio, la salud, la ropa, las emociones, los horarios, y el otro progenitor solo pone algo de dinero?”
Esa pregunta no es exagerada.
No es caprichosa.
No es “hacer conflicto”.
Es una pregunta real, humana y jurídicamente importante.
Porque criar a un hijo no es solamente pagar una cuota.
La responsabilidad parental no se cumple solo con dinero
En Argentina, el Código Civil y Comercial habla de responsabilidad parental, no solamente de “tenencia” o de “cuota alimentaria”. Esto es importante porque la ley no mira únicamente quién paga, sino también quién cuida, quién educa, quién acompaña y quién sostiene la vida cotidiana del hijo.
Los progenitores tienen deberes concretos: cuidar al hijo, convivir con él, darle alimentos y educación, tener en cuenta sus necesidades específicas y respetar su derecho a ser oído. Esa idea surge del régimen de responsabilidad parental del Código Civil y Comercial y también está explicada en la información oficial de Ley Simple. (Argentina.gob.ar)
Entonces, cuando una persona dice:
“Yo hago todo y el otro solo pone plata”
en realidad está señalando una diferencia muy importante entre:
aportar dinero
y
ejercer verdaderamente la responsabilidad parental.
No son lo mismo.
El cuidado cotidiano también tiene valor económico
Este punto es central.
El Código Civil y Comercial reconoce expresamente que las tareas cotidianas realizadas por el progenitor que asumió el cuidado personal del hijo tienen valor económico y constituyen un aporte a su manutención. Eso está previsto en el artículo 660 del Código Civil y Comercial. (Servicios Infoleg)
Esto significa algo muy fuerte:
la ley reconoce que cuidar también es aportar.
No se trata solamente de poner dinero en una cuenta. También es aporte:
acompañar al médico, comprar lo que falta, revisar tareas, ir a reuniones escolares, organizar cumpleaños, sostener tratamientos, preparar comida, lavar ropa, escuchar angustias, resolver urgencias, adaptar horarios de trabajo, perder oportunidades laborales, estar disponible y hacer todo eso que muchas veces no aparece en una liquidación.
La vida cotidiana de un hijo tiene un costo económico, emocional, físico y organizativo.
Y muchas veces ese costo lo asume casi por completo uno solo de los progenitores.
Que el otro progenitor pague algo no significa que ya cumplió todo
Una cuota alimentaria, aun cuando exista, no agota toda la responsabilidad parental.
La obligación alimentaria de los progenitores comprende mucho más que comida: incluye manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio, según las posibilidades económicas de los obligados y las necesidades del hijo. Esa amplitud surge del artículo 659 del Código Civil y Comercial. (Servicios Infoleg)
Por eso, cuando una sentencia fija una cuota baja, insuficiente o desconectada de la realidad cotidiana, la persona que cuida puede sentir que el sistema no vio todo lo que pasa fuera del expediente.
Porque una cosa es lo que se puede probar en papel.
Otra cosa es lo que sucede todos los días en una casa.
Y ahí aparece la sensación de injusticia.
El problema no siempre es solo la cuota: también es la distribución real de la crianza
Muchas veces el conflicto no es únicamente económico.
El problema de fondo puede ser que uno de los progenitores carga con casi toda la crianza, mientras el otro queda ubicado en un lugar mucho más liviano: paga algo, aparece cuando puede o cuando quiere, opina sobre decisiones importantes, pero no sostiene la vida diaria del hijo.
El Código Civil y Comercial define el cuidado personal como los deberes y facultades de los progenitores referidos a la vida cotidiana del hijo. Además, cuando se habla de cuidado compartido, puede ser alternado o indistinto. En el cuidado compartido indistinto, el hijo vive principalmente con uno de los progenitores, pero ambos deberían compartir decisiones y distribuir de modo equitativo las tareas de cuidado. (Servicios Infoleg)
Esto es muy importante:
cuidado compartido no debería significar que uno convive, organiza y sostiene todo, mientras el otro solo paga una parte.
Si en la realidad uno solo se ocupa del colegio, la salud, la ropa, los horarios, las actividades, las emociones y las urgencias, entonces hay una desigualdad concreta que debe ser analizada.
¿Por qué una sentencia puede sentirse injusta?
Una sentencia puede sentirse injusta por varias razones.
Puede pasar que el monto fijado no alcance para cubrir las necesidades reales del hijo.
Puede pasar que no se haya probado adecuadamente el nivel de ingresos del otro progenitor.
Puede pasar que existan gastos que no fueron documentados.
Puede pasar que el cuidado cotidiano no haya sido visibilizado con suficiente fuerza.
Puede pasar que el expediente haya discutido “cuánto paga” pero no “quién sostiene la vida diaria”.
También puede pasar que la sentencia sea legalmente revisable, apelable o modificable, según el estado del proceso, los plazos y las circunstancias posteriores.
Por eso es tan importante no quedarse solo con la bronca, aunque la bronca sea comprensible.
La pregunta jurídica no es solamente:
“¿Esto me parece injusto?”
La pregunta jurídica tiene que ser:
“¿Qué se puede hacer con esta sentencia, con estas pruebas y con esta realidad familiar?”
La justicia necesita pruebas, no solo vivencias
Esto es duro, pero necesario decirlo.
En Derecho de Familia, la realidad importa muchísimo, pero debe poder mostrarse de manera ordenada.
No alcanza con decir:
“Yo hago todo.”
Hay que poder demostrar, con la mayor claridad posible, qué significa ese “todo”.
Por ejemplo:
quién lleva y retira al niño del colegio,
quién paga útiles, uniforme, comedor o transporte,
quién lo acompaña al médico,
quién compra medicación,
quién organiza actividades,
quién se ocupa de tratamientos,
quién responde ante urgencias,
quién modifica su trabajo por las necesidades del hijo,
quién sostiene emocionalmente,
quién participa de reuniones escolares,
quién paga gastos extraordinarios,
quién está realmente presente.
La tarea legal consiste en transformar esa carga invisible en información concreta.
Porque cuando el cuidado se documenta, deja de ser solo una queja y empieza a ser un argumento jurídico.
El dinero importa, pero el cuidado también
Hay algo que muchas personas necesitan escuchar:
no estás exagerando por sentir que cuidar todos los días también debería ser valorado.
La ley lo reconoce.
El artículo 660 del Código Civil y Comercial es muy claro al darle valor económico a las tareas cotidianas de cuidado. (Servicios Infoleg)
Eso no significa que automáticamente cualquier sentencia sea incorrecta.
Pero sí significa que el cuidado cotidiano no debe ser tratado como si no valiera nada.
La crianza real no entra completa en una cuota alimentaria.
Pero el expediente debe intentar reflejarla del modo más justo posible.
¿Se puede pedir una modificación?
En muchos casos, sí puede evaluarse una modificación, aumento o revisión de las medidas vinculadas a alimentos, cuidado personal o régimen de comunicación.
Pero depende de varios factores:
si la sentencia está firme o no,
si todavía hay plazo para apelar,
si hubo cambios posteriores,
si aumentaron los gastos del hijo,
si se conocen nuevos ingresos del alimentante,
si existen incumplimientos,
si el otro progenitor no participa activamente,
si hay gastos extraordinarios no cubiertos,
si la cuota quedó desactualizada,
si el cuidado real está distribuido de manera desigual.
Cada caso necesita revisión concreta. No conviene actuar por impulso ni dejar pasar plazos importantes.
Sentir injusticia no significa estar equivocada
A veces una persona sale de una sentencia sintiendo que no fue escuchada.
Y en temas de familia eso pesa mucho, porque no se discuten solo números. Se discute la vida diaria de un hijo.
La justicia debería mirar el interés del niño, niña o adolescente, pero también necesita comprender quién está sosteniendo concretamente su vida cotidiana.
Porque detrás de cada cuota hay una casa, una mochila, una comida, una fiebre, una reunión escolar, una angustia, una zapatilla que quedó chica, una actividad que pagar y una persona adulta que resuelve.
Y si siempre resuelve la misma persona, eso también debe ser visto.
¿Estás atravesando una situación así?
Si sentís que la sentencia no refleja la realidad, que la cuota es insuficiente o que el otro progenitor solo aporta algo de dinero pero no participa verdaderamente en la crianza, lo mejor es revisar el caso con calma y con documentación.
En Derecho de Familia, cada detalle importa.
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Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento legal personalizado. Cada caso debe analizarse según su expediente, la prueba disponible y la situación concreta del niño, niña o adolescente.
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